¿QUIÉNES VUELVEN AL TRABAJO EL PRÓXIMO LUNES 13 DE ABRIL?
10 Abr 2020

¿QUIÉNES VUELVEN AL TRABAJO EL PRÓXIMO LUNES 13 DE ABRIL?

Este próximo lunes, día 13 de Abril, tendrá que volver al trabajo todo el personal laboral que preste servicios en empresas o entidades del sector público o privado cuya labor no fue señalada como esencial en el “Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19” (y sus sucesivas modificaciones) y que además cumplan con el requisito de que no puedan ser actividades en las que se permita teletrabajar para el ejercicio de las mismas, entre las que ocupan un lugar importante los sectores de la construcción y la industria.

Esta medida entra en vigor el citado lunes 13, menos en aquellas Comunidades Autónomas en que ese día es festivo,  y que son Cataluña, la Comunidad Valenciana, Islas Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Navarra, País Vasco y La Rioja, en donde la medida se empezará a aplicar al día siguiente, el martes 14 de Abril.

Aquellos trabajadores de servicios que si fueron decretados como esenciales, sirva de ejemplo el personal sanitario, o la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el Ejército, los servicios de transporte o supermercados, continuarán desarrollando su actividad tal y como lo han venido haciendo hasta la fecha.

En esta vuelta al trabajo de las actividades antes citadas como no esenciales y en las que no se pueda teletrabajar, queremos citar la importancia que está llevando a Sanidad frente a dos aspectos básicos, en primer lugar frente a la aparición de síntomas, y en segundo lugar frente a las medias de higiene.

  • De este modo, la Directora adjunta del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), María José Sierra, ha llevado a cabo un llamamiento especial para aquellos trabajadores que este lunes 13 o martes 14 tengan que volver a sus puestos de trabajo, destinado a que si en algún momento presentan síntomas relacionados con el coronavirus (Covid-19), no acudan o dejen de acudir a dichos puestos y permanezcan en sus casas.
  • Por otro lado se solicita que se extremen las medidas preventivas relacionadas con la higiene personal, la limpieza de las instalaciones, intensificándose la higiene en puertas, barandillas o cualquier superficie de contacto masivo, que los trabajadores reciban información actualizada sobre las medidas de precaución que deben tomar, por medio de carteles de fácil acceso y visibilidad, y que se modifiquen los espacios para garantizar la distancia de seguridad distanciamiento, así como la facilitación y adecuación de este tipo de medidas en los turnos en los trabajos.

Para cualquier cuestión es muy recomendable acudir a la web del Ministerio de Sanidad, con datos actualizados sobre el brote,  con información particularizada y adecuada para ciudadanos y medios de comunicación, y  con un importante número de Documentos técnicos para profesionales (de preparación y respuesta al brote, para el manejo de pacientes, de  procedimientos y medidas para la prevención y el control de la infección, así como de medidas para colectivos y grupos vulnerables)

https://www.mscbs.gob.es/en/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/home.htm

Madrid, 10 de Abril de 2020

H2LAW ABOGADOS

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